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Caducidad de Instancia: ¿Se paralizó su juicio en Santa Cruz?
Un fallo del TSJ Santa Cruz sobre caducidad de instancia resalta la importancia del impulso procesal. Entienda el impacto y encuentre un abogado en nuestra red.


¿Se Paralizó su Juicio? Claves sobre la Caducidad de Instancia en Santa Cruz según el Tribunal Superior de Justicia
En el complejo mundo de los procesos judiciales, la inactividad de las partes puede tener consecuencias severas, como la declaración de caducidad de instancia. Esta figura legal puede poner fin a un litigio antes de que se dicte sentencia, con el riesgo de perder lo actuado. Un reciente pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Santa Cruz, en el caso “ARANDA MIGUEL ANGEL c/ ESTADO PROVINCIAL s/ ORDINARIO” (Expte. Nº A-2658/25-TSJ), nos ofrece una oportunidad crucial para comprender mejor esta institución y su aplicación. Este análisis es fundamental para cualquier persona o empresa involucrada en un juicio en la provincia.
La Inactividad Procesal y sus Consecuencias: El Caso Aranda
El litigio en cuestión se centró en un recurso de casación interpuesto por Miguel Ángel Aranda contra el Estado Provincial, luego de que la Cámara de Apelaciones confirmara la caducidad de instancia declarada en Primera Instancia. Esto significa que el juicio se consideró "muerto" por la inactividad de la parte actora durante un período determinado.
El actor argumentó que la decisión violaba la ley sustantiva, la doctrina legal y la doctrina de la arbitrariedad. Sostuvo que el Código Procesal Civil y Comercial (CPCyC) permite a los tribunales evitar la paralización del proceso (Art. 36) y que los jueces deben mantener la igualdad de las partes (Art. 34 inc. c). Adujo que, habiéndose presentado un escrito de impulso procesal el mismo día y hora que uno de la contraparte, debió prevalecer el impulso para mantener vivo el proceso, en línea con el criterio restrictivo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el propio TSJ de Santa Cruz aplican a la caducidad de instancia.
¿Qué es la Caducidad de Instancia?
Es una institución procesal que extingue la instancia de un juicio (lo "mata" antes de una sentencia definitiva) debido a la inactividad de la parte interesada en impulsar el proceso durante un plazo establecido por la ley. No implica que se pierda el derecho a reclamar, pero sí obliga a iniciar un nuevo juicio.
¿Qué es el Impulso Procesal?
Son los actos que realiza una de las partes (o el juez, en algunos fueros) para hacer avanzar el proceso judicial de una etapa a la siguiente. La carga de impulsar el proceso recae, generalmente, en las partes, y su omisión puede llevar a la caducidad.
El Criterio del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz
El TSJ de Santa Cruz, al analizar el Recurso de Casación de Aranda, lo declaró inadmisible. Las razones de esta decisión son clave para entender los límites de la caducidad de instancia y del propio recurso extraordinario:
Cuestión Procesal, no Sustancial: El TSJ reiteró que la caducidad de instancia es una cuestión de índole procesal, y como tal, en principio, es ajena al ámbito del Recurso de Casación. La casación se reserva para revisar errores en la aplicación de la ley sustantiva o para corregir arbitrariedades graves, no para reexaminar cuestiones de hecho y prueba, ni tampoco para analizar pormenores del procedimiento.
Valoración de Plazos y Actos Impulsorios: Determinar si los plazos de inactividad se vencieron, cómo se computan, y qué actos tienen la capacidad de impulsar el procedimiento, son tareas que corresponden a los jueces de las instancias inferiores ("jueces de mérito"). El TSJ solo intervendría si se demostrara un "absurdo" o una "arbitrariedad" manifiesta, lo cual no se configuró en este caso.
Inexistencia de Arbitrariedad: El Tribunal Superior concluyó que la Cámara de Apelaciones había realizado un análisis coherente y fundado al determinar la inactividad del actor por más de 210 días. La Cámara señaló que el actor tenía la carga de impulsar el juicio, incluyendo la notificación al demandado y la presentación de alegatos, y que al no hacerlo, se configuró la caducidad. Las críticas del recurrente solo expresaban una discrepancia de criterios, lo que no es suficiente para demostrar una sentencia arbitraria.
Principio de Congruencia: El TSJ también desestimó el argumento de violación del principio de congruencia, confirmando que la valoración probatoria y la fundamentación jurídica de la Cámara guardaban directa relación con el objeto del pleito y no se excedían de la demanda.
En síntesis, el TSJ de Santa Cruz ratificó que la caducidad de instancia es una herramienta válida para evitar la duración indefinida de los procesos judiciales cuando las partes no cumplen con su deber de impulsarlos. La mera mención de un escrito de "impulso" sin que este efectivamente haya logrado mover el expediente, o sin cumplir con las cargas procesales esenciales (como la notificación), no es suficiente para evitar la caducidad.
¿Qué Implicancias Prácticas Tiene Esto Para Usted?
Este fallo es una advertencia clara sobre la responsabilidad de las partes en un proceso judicial y las consecuencias de la inacción:
Si es Actor (demandante): La carga principal de impulsar el proceso recae sobre usted. No basta con presentar escritos; es fundamental que esos escritos sean eficaces para hacer avanzar el juicio y que se cumplan las notificaciones y demás diligencias necesarias. La inactividad puede llevar a la pérdida de lo actuado, incluso si tiene razón en su reclamo original.
Si es Demandado: La caducidad de instancia es una herramienta procesal valiosa para usted si la parte actora no impulsa el proceso. Vigilar la actividad del expediente y solicitar la caducidad en el momento oportuno puede ser una estrategia efectiva para terminar un juicio que se ha estancado.
Importancia del Abogado: Este caso resalta la necesidad crítica de contar con un abogado diligente y experimentado. Es responsabilidad del letrado velar por el correcto impulso procesal y evitar que su cliente sea afectado por una caducidad de instancia. La gestión activa del expediente y el conocimiento profundo del Código Procesal son esenciales.
La Casación es Excepcional: Para quienes piensan en apelar a instancias superiores como el TSJ mediante un Recurso de Casación, este fallo reitera que no es una tercera instancia. Los recursos extraordinarios requieren una técnica jurídica muy específica y la demostración de errores de derecho o arbitrariedades graves, no meras discrepancias con la valoración de los hechos.
En conclusión, la justicia exige que quienes inician un proceso lo mantengan vivo con la actividad procesal necesaria. La pasividad puede ser costosa y llevar al fin prematuro de un litigio.
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